El órgano responsable de la gestión de la sede electrónica de la Universidad Autónoma de Madrid es el/la Secretario/a General, por delegación del Rector/a. Igualmente, le corresponde en concurrencia con el Vicerrector/a de Planificación y Estrategia Digital, la coordinación y supervisión de la implantación de las medidas jurídicas, tecnológicas y administrativas que señala la Ley 40/2015 de Régimen Jurídico del Sector Público, el Reglamento de creación de la Sede Electrónica de la UAM y las resoluciones que se dicten en aplicación del mismo.
La sede electrónica es la dirección electrónica disponible para los ciudadanos cuya titularidad, gestión y administración corresponden a la Universidad Autónoma de Madrid en el ejercicio de sus competencias. A través de la sede electrónica los ciudadanos pueden acceder a los servicios y trámites electrónicos que ofrece la Universidad Autónoma de Madrid. Mediante dicha sede electrónica se realizarán todas las actuaciones y trámites referidos a procedimientos o a servicios que requieran la identificación de la Administración Pública y, en su caso, la identificación o firma electrónica de las personas interesadas.
La sede electrónica de la Universidad Autónoma de Madrid fue creada mediante Acuerdo del Consejo de Gobierno de dicha Universidad, constituido en sesión ordinaria de fecha 14 de diciembre de 2012, por el que se aprobó el Reglamento por el que se crea la Sede Electrónica de la Universidad Autónoma de Madrid y se establecen las condiciones básicas de acceso de los ciudadanos a los servicios de la Universidad (BOCM nº 22 de 26 de enero de 2013).
La normativa vigente en materia de Administración electrónica de la UAM, junto con la reguladora de su sede electrónica es la que sigue a continuación.